Impuestos alquiler vacacional España: guía completa para propietarios

Descubre los impuestos aplicables al alquiler vacacional en España. Conoce las nuevas obligaciones fiscales de 2025, deducciones disponibles y cambios en el IVA para propietarios. Evita sanciones y optimiza tu tributación.
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March 3, 2025
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Impuestos alquiler vacacional España: guía completa para propietarios

Impuestos alquiler vacacional España: guía completa para propietarios

Alquilar una vivienda turística en España implica cumplir con varias obligaciones fiscales para evitar sanciones de Hacienda. Conocer los impuestos aplicables, las declaraciones obligatorias y las deducciones disponibles permite a los propietarios optimizar su tributación de manera legal. 

En este artículo, analizamos los diferentes tipos de impuestos que afectan a la actividad, cómo y cuándo declarar los ingresos, y qué gastos deducibles en el alquiler de vivienda amueblada pueden reducir la carga fiscal. Exploramos también las actualizaciones fiscales previstas para 2025 y su impacto en el sector.

¿Cuánto se paga de impuestos por alquiler vacacional?

El alquiler vacacional en España está sujeto a diferentes impuestos según la situación del propietario. Los residentes deben declarar los ingresos en su declaración de la renta (IRPF) y pagar entre 19% y 47%, según sus ingresos anuales. 

Los no residentes tributan a un 24% sobre los ingresos brutos (19% para residentes en la UE) mediante el Modelo 210. Si el alquiler incluye servicios de hospedaje, se aplica un 10% de IVA. 

¿Qué impuestos se declaran en España?

Los propietarios de un alquiler turístico en España deben cumplir con varias obligaciones fiscales, declarando distintos impuestos en función de su situación y del tipo de servicio que ofrecen. A continuación, detallamos los principales tributos aplicables:

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

  • Para residentes en España, los ingresos obtenidos del alquiler deben declararse en la base imponible del IRPF, dentro de la categoría de rendimientos del capital inmobiliario.
  • El tipo impositivo es progresivo, entre 19% y 47%, según los ingresos anuales.
  • En caso de que el alquiler se considere una actividad económica, los ingresos tributan de forma diferente, como rendimiento de actividades económicas.

Impuesto de No Residentes (Modelo 210)

  • Para propietarios no residentes, la Agencia Tributaria exige el Modelo 210, aplicando un tipo del 24% sobre los ingresos brutos (o 19% para residentes en la UE).
  • No se pueden deducir gastos, salvo para ciudadanos de la UE y del Espacio Económico Europeo.

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

  • Se aplica si el alquiler se gestiona como actividad económica, es decir, si se ofrecen servicios complementarios como limpieza o cambio de ropa de cama.
  • Solo deben pagarlo los propietarios con ingresos superiores a 1.000.000 € anuales.
  • Aunque muchos propietarios están exentos, sigue siendo obligatorio darse de alta en el censo de empresarios si se presta un servicio adicional.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

  • Si el alquiler incluye servicios propios de la industria hotelera, se aplica el IVA del 10%.
  • Si no hay servicios adicionales, el alquiler está exento de IVA.
  • Es importante diferenciar entre un alquiler tradicional (exento) y un alquiler con servicios de hospedaje sujeto a IVA.

Cumplir con la declaración de estos impuestos es clave para evitar sanciones de Hacienda y operar legalmente en el sector del alquiler turístico.

Descubre también nuestro artículo sobre el registro de ingresos en el alquiler turístico.

¿Cómo se declara el alquiler vacacional?

Declarar correctamente los ingresos de alquiler de una vivienda turística es fundamental para cumplir con las obligaciones fiscales y evitar sanciones de la Agencia Tributaria. Antes de comenzar la actividad, es imprescindible obtener una licencia de alquiler vacacional para operar legalmente. A continuación, explicamos paso a paso cómo realizar la declaración según el tipo de propietario:

Para residentes en España (IRPF)

1/ Calcular los ingresos y gastos → Sumar los ingresos obtenidos por el alquiler y restar los gastos deducibles permitidos (mantenimiento, suministros, seguros, etc.).


2/ Incluir en la declaración de la renta (IRPF) → En la casilla 0102 de la declaración anual, se deben declarar los rendimientos del capital inmobiliario.


3/ Pagar los impuestos correspondientes → Dependiendo del tramo de ingresos, el tipo impositivo será entre 19% y 47%.

Para no residentes en España (Modelo 210)

1/ Acceder a la Agencia Tributaria → El Modelo 210 se presenta en la web de la Agencia Tributaria.

2/ Indicar ingresos y retenciones → Los ingresos de alquiler se declaran trimestralmente con un tipo impositivo del 24% (o 19% para residentes en la UE).


3/ Presentar y pagar el impuesto → Se puede hacer telemáticamente o en bancos autorizados antes del día 20 del mes siguiente al trimestre declarado.

Consideraciones adicionales

  • Si el alquiler incluye servicios de hospedaje, hay que aplicar el IVA del 10% y presentar el Modelo 303.
  • La falta de declaración puede acarrear multas del 50% al 150% del importe no declarado.

¿Qué gastos son deducibles en alquiler turístico?

Los propietarios de un alquiler turístico, ya sea un alojamiento rural, una vivienda en zona urbana o una propiedad en la costa, pueden optimizar su fiscalidad mediante la deducción de ciertos gastos relacionados con la gestión y mantenimiento del inmueble. 

Sin embargo, es fundamental que estos gastos estén justificados con facturas y sean directamente atribuibles a la actividad del alquiler. A continuación, se detallan los principales gastos deducibles según la normativa vigente.

Gastos de mantenimiento y reparaciones

El mantenimiento del inmueble es esencial para ofrecer un alojamiento en óptimas condiciones. Se pueden deducir gastos asociados a:

  • Reparaciones menores: pintura, sustitución de persianas, arreglos en escaleras o ascensores.
  • Electrodomésticos y mobiliario: si se reemplazan debido al desgaste por el uso turístico.
  • Revisión de instalaciones: fontanería, electricidad o climatización.

No son deducibles las obras que incrementen el valor del inmueble, ya que se consideran mejoras estructurales y no mantenimiento.

Impuestos y tasas asociados al alquiler

Los propietarios deben abonar ciertos impuestos y tasas, los cuales pueden deducirse en su declaración:

  • IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
  • Tasa de recogida de residuos urbanos.
  • Gastos de comunidad si el reglamento del edificio lo exige.

Estos tributos deben estar directamente vinculados con la actividad de alquiler.

Suministros y servicios esenciales

El pago de agua, electricidad, gas e internet es imprescindible para la actividad de alquiler turístico y puede deducirse, pero con condiciones:

  • Si el propietario es persona física, solo se deduce la parte proporcional a los días alquilados.
  • Si el alquiler lo gestiona una persona jurídica, se pueden deducir al 100%.
  • El servicio de Internet suele ser deducible en su totalidad, ya que está disponible de manera permanente.

Gastos de gestión y promoción del alquiler

Para mantener un flujo constante de reservas, los propietarios pueden incurrir en gastos de administración y publicidad, tales como:

  • Comisiones de plataformas de alquiler (Airbnb, Booking, Vrbo, etc.).
  • Software de gestión de reservas y channel managers.
  • Publicidad digital o agencias de marketing para promoción del alojamiento.

Estos gastos deben estar debidamente justificados y directamente relacionados con la explotación turística del inmueble.

¿Qué es el IRPF en alquiler vacacional?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un tributo que grava los ingresos obtenidos por los contribuyentes residentes en España. En el caso del alquiler vacacional, los ingresos percibidos por el arrendador deben tributar dentro del IRPF como rendimientos del capital inmobiliario, siempre que el alquiler no incluya servicios propios de la industria hotelera.

El IRPF se aplica a los ingresos obtenidos por la explotación de una vivienda turística, pero con condiciones específicas. Si el propietario solo alquila el inmueble y no ofrece servicios complementarios como limpieza diaria, cambio de ropa de cama o atención al cliente, los ingresos tributan como rendimientos del capital inmobiliario. Sin embargo, si se incluyen estos servicios adicionales, la actividad se considera empresarial y puede estar sujeta a otro tipo de tributación.

El porcentaje de IRPF varía en función de la base imponible del contribuyente, con tramos que oscilan entre el 19% y el 47%. Además, existen gastos deducibles que pueden reducir la base imponible del impuesto, como los gastos de mantenimiento, suministros y tasas municipales.

¿Cómo afecta el IVA al alquiler vacacional?

Hasta finales de 2024, el alquiler vacacional en España estaba exento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), siempre que no se ofrecieran servicios propios de la industria hotelera, como limpieza diaria o recepción. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, el Gobierno ha implementado una nueva normativa fiscal que afecta directamente a este sector.

Nueva regulación del IVA para alquileres turísticos en 2025

Con el objetivo de equiparar las condiciones fiscales entre los alquileres turísticos y otros alojamientos, como los hoteles, el Gobierno ha decidido aplicar un IVA del 21% a las viviendas de uso turístico. Esta medida busca reducir la rentabilidad de los alquileres vacacionales y fomentar su conversión en viviendas de alquiler permanente, contribuyendo así a aliviar la escasez de vivienda en zonas tensionadas.

Detalles clave de la nueva normativa:

  • Entrada en vigor: 1 de enero de 2025.
  • Tipo impositivo: 21% de IVA para todas las viviendas turísticas, independientemente de los servicios adicionales ofrecidos.
  • Objetivo: Fomentar la disponibilidad de viviendas para alquiler residencial y regular el mercado inmobiliario en áreas con alta demanda.

Es fundamental que los propietarios de viviendas turísticas se informen y adapten a esta nueva regulación para cumplir con sus obligaciones fiscales y evitar posibles sanciones.

¿Qué cambios fiscales se esperan en 2025?

En 2025, España implementará cambios fiscales significativos que afectarán al alquiler vacacional. Estas modificaciones buscan regular el mercado inmobiliario y garantizar una competencia equitativa entre propietarios y empresas hoteleras. A continuación, se detallan las principales novedades:

Registro único de alquiler turístico

Desde el 2 de enero de 2025, está en vigor el Registro Único de Alquiler Turístico, aunque será obligatorio a partir del 1 de julio de 2025. Este registro centraliza la información de todas las propiedades destinadas al alquiler de corta duración, incluyendo alquileres turísticos y de temporada. 

Los propietarios deben inscribir sus inmuebles y obtener un número de registro que deberá mostrarse en todas las plataformas de alquiler vacacional donde se ofrezca la propiedad. Esta medida pretende combatir la economía sumergida y asegurar que todas las viviendas cumplan con los requisitos legales establecidos.

Aplicación del IVA al alquiler vacacional

A partir de 2025, los alquileres turísticos estarán sujetos a un IVA del 21%, equiparándose así a otros servicios de hospedaje como los hoteles. Esta reforma fiscal tiene como objetivo regularizar el sector y aumentar la recaudación tributaria, afectando principalmente a los propietarios que gestionan apartamentos turísticos como negocio. 

La medida busca frenar el impacto negativo de los pisos turísticos en el mercado de alquiler residencial y garantizar una competencia justa entre los diferentes tipos de alojamientos.

Modificación de la ley de propiedad horizontal

Desde el 3 de abril de 2025, entra en vigor una reforma de la Ley de Propiedad Horizontal que otorga a las comunidades de propietarios mayor control sobre las actividades de alquiler vacacional en sus edificios. 

Ahora, será necesaria la aprobación expresa de la comunidad, con una mayoría de tres quintas partes, para que un propietario pueda destinar su vivienda al alquiler turístico. Esta modificación busca equilibrar los intereses de los residentes y regular la proliferación de alojamientos turísticos en zonas residenciales.

Ventanilla única digital

Se implementará una Ventanilla Única Digital que servirá como plataforma centralizada para la gestión y supervisión de los alquileres de corta duración. Esta herramienta facilitará la comunicación entre propietarios, plataformas digitales y autoridades competentes, asegurando el cumplimiento de la normativa vigente y promoviendo la transparencia en el sector.

Estas reformas reflejan el compromiso del gobierno español por regular el mercado de alquiler vacacional, protegiendo tanto a los residentes como a los turistas, y garantizando una competencia justa en el sector inmobiliario.

Para concluir 

El alquiler vacacional en España está sujeto a una fiscalidad cada vez más estricta, y es fundamental que los propietarios conozcan sus obligaciones para evitar sanciones y optimizar su rentabilidad. A continuación, un resumen de los puntos clave:

  • Tributación del alquiler vacacional: los ingresos deben declararse en el IRPF y, en algunos casos, también en el IAE.
  • Declaración y modelos fiscales: dependiendo del régimen fiscal, se deben presentar formularios como el modelo 210 o 303 ante la Agencia Tributaria.
  • Deducciones fiscales: gastos como mantenimiento, suministros y servicios complementarios pueden desgravarse si están debidamente justificados.
  • Nueva normativa del IVA en 2025: a partir del 1 de enero de 2025, el alquiler vacacional pasará a tributar un 21% de IVA, sin importar los servicios ofrecidos.
  • Reforma de la Ley de Propiedad Horizontal: desde abril de 2025, las comunidades de vecinos podrán restringir el alquiler vacacional en sus edificios.

Los dispositivos de Minut permiten a los propietarios de alquileres vacacionales supervisar su vivienda en tiempo real, garantizando el cumplimiento de las normativas sin invadir la privacidad de los huéspedes. Con funciones como la detección de ruido y de humo de cigarrillo, ayudan a prevenir incidentes, proteger la propiedad y mejorar la experiencia de los viajeros.